GESPESA (Gestión y Explotación de Servicios Públicos Extremeños, S.A.U.), es una Sociedad del Grupo Público Gpex (Sociedad de Gestión Pública de Extremadura, S.A.U.). Se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web del sector público.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web http://www.gespesa.es/
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web. Nivel de conformidad (AA).
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
La presente declaración fue realizada el 02 de agosto de 2021, mediante una autoevaluación con recursos internos, analizando el nivel de conformidad UNE-EN 301549: 2019 - AA WCAG 2.1 (excluyendo el contenido excluido por el RD 1112/2018).
El sitio web ha sido probado en navegadores Firefox 91.0.2 con el sistema operativo Window 10 pro.
Última revisión de la declaración, 02 de agosto del 2021.
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre) como, por ejemplo:
Asi mismo, se puede comunicar:
En la solicitud de información accesible, se debe concretar con toda claridad los hechos, razones y petición, que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
A través de la siguiente vía podrá realizar sus peticiones:
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Sociedad de Gestión Pública de Extremadura, S.A.U., (GPEX) como responsable de los contenidos de este sitio web.
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, o no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación.
La reclamación puede ser presentada a través del siguiente formulario de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Secretaría General de Administración Digital de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura.
El sitio Web:
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