Desde que entró en vigor la Directiva 1999/31/CE, del Consejo, de 26 de abril, de 1999, mediante el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, todos los vertederos tuvieron que comenzar a controlar los gases que se generan en ellos debido a la fermentación de los residuos orgánicos existentes en los residuos domésticos.
Así pues, en todos los vertederos que reciben residuos biodegradables, deben recogerse los gases de vertedero, que serán tratados y aprovechados. En el caso de no poder aprovecharse para producir energía, serán quemados.
¿QUÉ ES EL BIOGÁS?
El biogás o gas de vertedero se genera de modo natural durante la descomposición de los residuos orgánicos contenidos en los residuos domésticos, realizada por acción bacteriana en condiciones anaerobias (en ausencia de oxígeno). Este biogás, captado mediante los sistemas de desgasificación de los vertederos controlados cuyo contenido en metano está en torno al 50%, se puede utilizar como combustible.
La composición del biogás es variable pero en líneas generales sería:
¿CÓMO SE OBTIENE?
En nuestras instalaciones la captación del biogás que se genera, se realiza a través de pozos o chimeneas que están conectadas a una red de tuberías a modo de espina de pez. Las tuberías principales son las que llevan los gases hasta la antorcha para quemarlos evitando a así su liberación a la atmósfera y, por lo tanto, la posibilidad de contaminación.
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GESPESA Ctra Nacional 630. Vertedero de R.S.U. Apartado de Correos 41, 06800 Mérida (Badajoz) - SPAIN
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